¡Enterate acá todo lo que necesitas saber sobre la segmentación de las tarifas de electricidad y gas por redes, para quienes quieran conservar los subsidios!
El Decreto 332/22 establece un plan de segmentación de tarifas:
Como principio, deberán anotarse todas las personas que quieran mantener los subsidios. Quienes no realicen la inscripción, perderán los subsidios -salvo en las excepciones que mencionamos más adelante- si no se inscriben en el plazo previsto.
¿Cómo sé si me tengo que registrar para no perder los subsidios?
Primero, tenés que fijarte en qué categoría te encontrás:
Hay tres grupos de usuaries-
- Hogares de ingresos altos: perderán todo tipo de subsidio a lo largo de seis (6) meses hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
Se trata de quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Quienes perciban ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC),
- Quienes sean titulares de tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años,
- Quienes sean titulares de tres o más inmuebles,
- Quienes sean titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo, y/o titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
- Hogares de ingresos medios: no tendrán nuevos aumentos en lo que resta del año. Deben inscribirse en el registro para no perder los subsidios.
Se trata de quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- Quienes perciban ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Quienes posean hasta 2 inmuebles.
- Quienes posean hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad.
Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
- Hogares de menores ingresos: no tendrán nuevos aumentos en lo que resta del año. Deben inscribirse en el registro para no perder los subsidios.
Se trata de quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- ingresos mensuales totales del hogar menores a $100 mil pesos (1 canasta básica para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer 1 o ningún inmueble.
- No tener un vehículo con menos de 3 años de antigüedad, excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
- No poseer aeronaves, embarcaciones de lujo o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
- Vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM (Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil).
- Al menos una o un integrante cuenta con Certificado de Discapacidad y el hogar en su conjunto perciba un ingreso mensual total menor a $150 mil (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2).
- Al menos una o un integrante del hogar sea titular de un Certificado de Vivienda del ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares).
- Al menos una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Si el hogar está inscripto en el RENACOM, tiene certificado del ReNaBaP o alguno de los convivientes tiene Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra o Certificado de Discapacidad, pero se contemple dentro de alguna de las siguientes condiciones, será inscripto dentro de los sectores medios:
- Los ingresos mensuales totales del hogar son superiores a $100 mil pesos (1 canasta básica tipo 2 según INDEC).
- Poseen 2 o más inmuebles, considerando al grupo del hogar en su conjunto o
- Poseen al menos 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad (excepto para los hogares en donde exista al menos una o un conviviente con Certificado de Discapacidad).
Además, existen dos casos en los cuales no tenés que llenar el formulario de inscripción (las excepciones que te mencionamos inicialmente):
- Si sos electrodependiente no tenés que completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí debés hacerlo para solicitar el de gas.
- Si en tu domicilio funciona una entidad de bien público no te corresponde hacer el trámite. Podés solicitar la tarifa diferencial para entidades.
¿Cómo me inscribo?
Para seguir recibiendo el subsidio, se debe acceder al Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) en https://www.argentina.gob.ar/subsidios y completar el formulario en https://subsidios-energia.argentina.gob.ar/, también se podrá acceder a través de la aplicación Mi Argentina, en la sección de Mis Trámites.
También se puede completar el formulario de manera presencial en las oficinas de la Anses o de las distribuidoras de luz y gas.
Para acceder al turno presencial los usuarios deberán acercarse a una oficina del organismo previsional, presentar la última boleta del servicio de gas o electricidad o la siguiente información: número de medidor y de cliente, servicio, cuenta, contrato o NIS que están en la factura de energía eléctrica y gas natural por red.
Una vez que se complete la declaración jurada, se determinará en qué grupo de segmentación pertenece cada usuarie.
¿Cuándo me tengo que inscribir?
Durante el mes de Julio, dependiendo con qué número termine tu DNI:
0 – 1 – 2: entre el 15 y el 19 de Julio.
3 – 4 – 5: entre el 20 y el 22 de Julio.
6 – 7 – 8 – 9: entre 23 y el 26 de Julio.
¿Qué necesito tener a mano cuando me anoto?
- El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red. Fijate dónde encontrar los números.
- El último ejemplar de tu DNI.
- El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Una dirección de correo electrónico.
- Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.
¿Qué datos me van a pedir?
- Datos personales
- Datos laborales y económicos
- Datos de contacto
¡Recorda que el formulario tiene carácter de declaración jurada!
Luego, podrás descargar el PDF con la asignación provisoria, información que además se enviará al mail que facilitaste.
Una vez enviada la solicitud, se te asignará provisoriamente una categoría.
Tené en cuenta que el Estado Nacional analizará los datos y, en caso de inconsistencias, se podrá asignar una nueva categoría que será informada por correo electrónico.
¿Qué pasa si alquilo o si el servicio no está a mi nombre?
Si perteneces al grupo 1) y 2) de usuaries, te podes anotar en el registro para mantener el subsidio como “persona usuaria de los servicios” por más de que no seas titular o propietarie.
Además, la registración como “usuario/a residencial” se mantiene aunque te mudes.
¿Qué hago si tengo más de un medidor a mi nombre?
En caso de les usuaries que se registren y cuenten con más de un servicio o medidor de luz o gas a su nombre, el subsidio será solo para el medidor del domicilio que se declare como residencia.
¿A partir de cuándo comienzan a implementarse los aumentos para quienes pierden los subsidios?
La quita de subsidios se realizará de forma gradual a partir de Agosto y el costo pleno de la tarifa se pagará a fin de año.
¿A dónde me dirijo por más dudas y consultas?
Si tenés dudas o consultas, comunicate con el Centro de Atención Telefónica de Energía 0800-222-7376 de 8 a 20 horas. Ante cualquier consulta podés contactarte con la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires escribiendo al WhatsApp (11) 7128-8301, llamando de lunes a viernes de 9 a 19 al 0800-999-3722.