El Jefe de Gabinete de la Nación Santiago Cafiero dispuso mediante la Resolución 323/2021 la delegación de su facultad de denegar el acceso a la información pública a los “titulares de unidades organizacionales de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango equivalente o superior a Subsecretario”. Es decir, que quienes firmen la negación serán los subsecretarios y no la máxima autoridad, como establece el artículo 13 de la ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública.
El artículo 13 de la Ley Nº27.275 establece las condiciones bajo las cuales los organismos del sector público nacional pueden denegar información y en particular establece que “debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida”. Para el caso de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el cargo de máxima autoridad corresponde al mismo Cafiero.
Es decir que el Jefe de Gabinete está delegando por resolución una facultad que le corresponde por ley. ¿Hasta qué punto es legal que los altos funcionarios deleguen los atributos y las responsabilidades que les corresponden por ley? ¿Hasta qué punto es ético? El motivo por el que ocupan esos cargos es justamente porque son quienes deben encargarse, no desentenderse. Imaginemos por ejemplo al presidente delegando a sus ministros la facultad de indultar por delitos federales.
Esto es un grave retroceso en materia de transparencia. La descentralización de la firma facilita el proceso de denegación y quita el peso de la decisión de los hombros del Jefe de Gabinete. Que se hagan cargo los subsecretarios permite aumentar la cantidad de denegaciones ya que es mayor la cantidad de firmantes y menor la cantidad de pasos necesarios para cada una. Por otro lado, ante eventuales denegaciones mal justificadas el Jefe de Gabinete puede desentenderse del error, dado que no lleva su firma.
El acceso a la información no es un asunto menor. Salvo en las muy marcadas excepciones contempladas por la ley, los ciudadanos siempre tienen derecho a saber cómo están siendo gobernados. En este sentido, la lentitud en el proceso es deseable ya que debe ser una decisión tomada fríamente y con una desarrollada justificación. Es por este mismo motivo que la ley establece que sea la máxima autoridad quien se haga cargo de esta decisión, el peso de tal decisión no puede caer en los hombros de cualquiera. La negativa del derecho a la información debe ser una excepción, no una regla.
Resoluciones como estas erosionan la democracia de datos, la transparencia de Gobierno, el control de gestión y la investigación en políticas públicas al mismo tiempo que cubren a nuestra república en un manto de opacidad. Son medidas que profundizan la falta de confianza en las instituciones y por lo tanto golpean a la democracia y a la república.